Genocidio

De CEBES Perquín

El término "genocidio", que no existía antes de 1944, es un término muy específico que hace referencia a los crímenes masivos cometidos contra grupos. Los derechos humanos, tal y como se indica en la Constitución de los Estados Unidos de América o en la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 de las Naciones Unidas, se refieren a los derechos de los individuos.

En 1944, intentando describir la política nazi de cometer asesinatos en forma sistemática, incluyendo el objetivo de eliminar a la comunidad judía europea, un abogado polaco judío llamado Rafael Lemkin (1900-1959), creó la palabra "genocidio" combinando geno-, término griego que significa raza o tribu, con -cidio, del término latín que significa matar. Al proponer este nuevo término, Lemkin se refería a "un plan coordinado compuesto por diferentes acciones que apuntan a la destrucción de los fundamentos esenciales de la vida de grupos nacionales, con el objetivo de aniquilar dichos grupos". El año siguiente, el Tribunal Militar Internacional de Nuremberg acusó a los principales nazis de "crímenes contra la humanidad". La palabra "genocidio" se incluyó en el acta, pero como un término descriptivo y no legal.

El 9 de diciembre de 1948, a la sombra del Holocausto y en gran parte gracias a los inagotables esfuerzos del propio Lemkin, las Naciones Unidas aprobaron la Convención para la prevención y la sanción del delito de genocidio. Esta Convención establece que el "genocidio" es un crimen internacional que las naciones firmantes deben "evitar y sancionar". Define el genocidio como:

Se entiende por genocidio cualquiera de los actos mencionados a continuación, perpetrados con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso como tal:

(a) Matanza de los integrantes del grupo;

(b) Lesión grave a la integridad física o mental de los integrantes del grupo;

(c) Sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial;

(d) Medidas destinadas a impedir los nacimientos en el seno del grupo;

(e) Traslado por fuerza de niños del grupo a otro grupo.

A pesar de que a lo largo de la historia han tenido lugar muchos casos de violencia dirigida a grupos determinados, incluso después de que la Convención entrara en vigor, el desarrollo legal e internacional del término se concentra en dos períodos históricos diferentes: el período que abarca desde la acuñación del término hasta su aceptación por la ley internacional (1944-1948) y el período de su activación con la creación de tribunales de guerra internacionales para perseguir los crímenes de genocidio (1991-1998). Otra de las principales obligaciones que surgen de la Convención, evitar el genocidio, sigue siendo un desafío al que las naciones y los individuos todavía se enfrentan.